La exención del ISR respecto de los ingresos provenientes de cajas de ahorro solo exige que provengan de una fuente de ese tipo; por ende, los trabajadores jubilados también pueden acceder a ese beneficio, ya que no existe distinción alguna (Art. 93, fracc. VIII, LISR).
Además, las asociaciones civiles constituidas para administrar las cajas de ahorros se rigen por los artículos 2680, 2682 y 2685 del Código Civil Federal; de esos preceptos se advierte que no contemplan a la jubilación de los trabajadores como medio de separación o causa de su extinción; así puede pactarse que sus miembros, afiliados o asociados sean trabajadores en activo o jubilados, y obtengan el derecho a todos los beneficios extralegales pactados por los rendimientos de sus aportaciones.
Lo anterior, acorde con los numerales 14, cuarto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 5o. del CFF, y de su interpretación literal y estricta, se obtiene que las personas físicas (sujeto), no pagarán (exención) el ISR (contribución), respecto de los ingresos derivados de cajas de ahorro de los trabajadores sin excluir a los jubilados.
Así, si el legislador, en el ámbito de la libre configuración del sistema de tributación aplicable a las personas físicas, no estableció ninguna condición respecto de los contribuyentes susceptibles de acceder al beneficio fiscal en cita, únicamente debe atenderse a su texto.
De igual forma, al contexto normativo laboral y de seguridad social de las cajas de ahorro, cuyo objeto es fomentar la conservación de los recursos de sus miembros, administrarlos lícitamente y distribuir sus rendimientos entre sus asociados, debiendo excluirse el método de interpretación de autonomía calificadora del derecho fiscal que desnaturalizaría el origen y finalidad de la solidaridad de esa figura sobre cuya base se justificaría la exención del tributo indicado.
Luego de considerar que las Zonas Económicas Especiales (ZEE) no cumplieron con la función para la que fueron creadas, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, anunció que éstas desaparecerán.
¿Desaparecen?, se le cuestionó; “Sí, totalmente”, dijo.
En conferencia de prensa en Palacio Nacional, expuso que el proyecto impulsado por la administración de Enrique Peña Nieto para fomentar la economía del sureste del país no cumplió con los beneficios que su implementación traería a esa región.
“Era para supuestamente ayudar, pero nunca hicieron nada por ayudar; hicieron negocios, compraron terrenos y derrocharon recursos. No se benefició en nada”, expuso.
Por parte de la Vocería del Gobierno de la República se precisó que como parte del plan económico de la actual administración, en lugar de continuar con las Zonas Económicas Especiales se priorizarán proyectos de desarrollo regional, como el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas y el Corredor Transístmico.
Las siete ZEE en el país son Lázaro Cárdenas-La Unión (Michoacán y Guerrero), Coatzacoalcos (Veracruz), Salina Cruz (Oaxaca), Puerto Chiapas (Chiapas), Progreso (Yucatán), Seybaplaya (Campeche) y Dos Bocas (Tabasco).
Las Zonas Económicas Especiales fueron uno de los proyectos de desarrollo regional más importantes de la gestión de Enrique Peña Nieto, que nació en el 2016 con el objetivo de cerrar la brecha económica y social que existe entre el sur-sureste y el resto del país.
Hace un mes, como detalló El Economista, Rafael Marín Mollinedo, jefe de la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFDZEE), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), aseguró que este proyecto podría desaparecer.
En ese momento destacó que tener siete ZEE en el país imposibilita un desarrollo económico, “porque compiten entre sí las entidades y no hay ingresos suficientes para el Servicio de Administración Tributaria (…) Pulverizas porque hay una empresa aquí, una allá y no se concentra lo que tienes que desarrollar”.
“Hay expertos que nos han venido a hablar, como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, dicen que está bien que se establezca una ZEE, dos máximo, pero ya al tener siete, pulverizas y no se concentra el desarrollo. Lo que se tiene que hacer es que hay que desarrollar una zona, como el caso del proyecto del Istmo de Tehuantepec, que todo se va a concentrar en esa franja del territorio nacional y poder desarrollarla”, aseveró el jefe de la AFDZEE.
Balance
La Ley Federal de Zonas Económicas Especiales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio del 2016, manifiesta que la tarea de la ZEE es: “Impulsar el crecimiento económico sostenible que, entre otros fines, reduzca la pobreza, permita la provisión de servicios básicos y expanda las oportunidades para vidas saludables y productivas, en las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población”.
Al inicio de la actual administración se pensó que las ZEE podrían fortalecer sus proyectos para detonar el sur-sureste, como: Tren Maya, zona libre en Chetumal, modernización y construcción de refinerías y rescate del Istmo de Tehuantepec.
El balance de este proyecto es el siguiente: siete ZEE decretadas en ocho estados, marco jurídico federal, leyes estatales, cartas de intención de municipios y entidades avaladas por Congreso y cabildos, convenios de coordinación entre órdenes de gobierno, así como los Lineamientos para el Otorgamiento de Permisos, Asignaciones y Autorizaciones.
Al cierre del año pasado, en el corto plazo se identificaron inversiones de 8,234 millones de dólares en las siete ZEE, con una generación de 31,080 empleos directos, cifras que provienen de las 86 cartas de intención que se firmaron con empresas de diversos giros.
Mientras a largo plazo, el potencial de inversiones ascendió a 42,287 millones de dólares y la creación de 367,909 puestos de trabajo; las Zonas Económicas Especiales con mayor monto de recursos previsto son Coatzacoalcos (15,925 millones de dólares), Lázaro Cárdenas-La Unión (9,741 millones), Puerto Chiapas (5,818 millones) y Campeche (3,675 millones).
Fuente: Periódico “El Economista”. Leopoldo Hernández
Más de 3.8 millones de personas físicas han presentado su Declaración Anual 2018, cifra 36% superior en comparación con igual periodo del año pasado, según un corte realizado al 24 de abril pasado.
La jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Margarita Ríos Farjat, señaló que “tenemos la adrenalina al tope por la respuesta de la gente y eso nos da mucho gusto, nos entusiasma ver tan positiva respuesta y esperamos rebasar las metas del año pasado, recibir alrededor de 6.9 millones de declaraciones, lo que significa un incremento del 6%”.
La funcionaria declaró que, en vísperas de que este 30 de abril venza el plazo para que las personas físicas cumplan con esta obligación, tiene gran entusiasmo por la respuesta de los contribuyentes, por lo que, “hasta el momento, no se contempla una ampliación del plazo”.
“Presentar la declaración es muy sencillo, la información ya está pre-llenada y aún queda tiempo para que los contribuyentes puedan cumplir”, agregó, al referir que de las declaraciones recibidas, 814,000 aceptaron la propuesta pre-llenada que ofreció el SAT, 62% más que el año pasado.
De las declaraciones recibidas hasta ahora, más de 86% tienen saldo a favor, pero aún es “aventurado” dar a conocer un monto al respecto, pues dichas devoluciones actualmente están en proceso.
En términos generales, la devolución se efectúa dentro de los 40 días siguientes a la fecha en que se presente la solicitud, pero el SAT está trabajando para entregarla a más tardar en cinco días.
Y el depósito se realiza en la cuenta CLABE que el contribuyente manifieste en su declaración, ejerciendo su derecho a la devolución.
Es importante que los contribuyentes sigan pidiendo facturas de todos los gastos que realizan, pues de esa manera el SAT obtiene información que permite ofrecer mejores servicios.
Fuente: Notimex.
De acuerdo a la regla miscelánea 3.17.12, los contribuyentes personas físicas no estarán obligados a presentar su declaración anual del ejercicio 2018, sin que tal situación se considere una infracción a las disposiciones fiscales, siempre que en dicho ejercicio se ubiquen en los siguientes supuestos:
I. Hayan obtenido ingresos exclusivamente por sueldos y salarios de un solo empleador
II. En su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000 en el ejercicio y que provengan de instituciones que componen el sistema financiero
III. El empleador haya emitido el CFDI por concepto de nómina respecto a la totalidad de los ingresos que señala la fracción I de esta regla
No obstante, los contribuyentes a que se refiere esta regla, podrán presentar su declaración anual de ISR por el ejercicio 2018.
La opción antes señalada no es aplicable a los siguientes contribuyentes:
a) Quienes hayan recibido ingresos en el ejercicio por concepto de pensión, jubilación, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
b) Los que estén obligados a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, donativos o premios, de acuerdo a lo previsto en el artículo 90, segundo párrafo de la Ley del ISR.
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