Las Sociedades por Acciones Simplificadas, SAS, tienen su fundamento en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y, dentro de sus principales características es el hecho de que los ingresos de las mismas están “topados”; dicho “tope” se deberá actualizar anualmente.
Derivado de lo anterior, tenemos:
Año Tope
2016 $5’000,000
2017 $5’165,500
2018 $5’508,206
Es importante recordar que las SAS se constituyen, de manera gratuita, en un plazo de 24 horas. Todo el proceso es electrónico (www.tuempresa.gob.mx).
Adicionalmente, pueden ser constituidas con un solo socio o accionista, por lo que también se les conoce como “Sociedades Unipersonales”.
Para efectos del ISR, gozan de una serie de beneficios fiscales, contenidos en el Título VII, Capítulo de la propia Ley del ISR: “
Vale la pena recordar los casos es lo que, a través de un CFDI, se deberán expedir las constancias de percepciones y retenciones para efectos fiscales:
Procede la solicitud de devolución automática del saldo a favor de ISR de un trabajador o empleado, sin importar que:
Lo anterior tiene su fundamento en la regla miscelánea 2.3.2 vigente en 2017.
Algunas empresas mexicanas que cotizan en la Bolsa de Valores de USA (América Móvil, Televisa, Tv Azteca, Gruma, Telmex, Femsa, Cemex, entre otras) deberán informar sobre el impacto de las nuevas leyes tributarias en USA, bajo el formato 8-K.
Lo anterior se hará de acuerdo a las disposiciones que establezca la SEC.
En México, la CNByV no ha emitido, hasta el momento, ninguna reglamentación en relación a este tema.
Vale la pena recordar que, en el Diario Oficial de la Federación del pasado 17 de junio del 2014, se publicó la reforma al Art. 123, Apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que versa sobre la edad mínima para el trabajo de menores, la cual pasa de 14 a 15 años.
La reforma antes comentada está vigente a partir del 18 de junio de 2014.
Por otro lado, los trabajadores mayores de 15 años pero menores de 16, tendrán una jornada máxima de 6 horas de duración.
En resumen, contratar trabajadores menores de 15 años es un delito.
En el DOF del pasado 19 de diciembre de este año, se dan a conocer dos nuevas “Zonas Económicas Especiales”:
Las mencionadas “ZEE’s” gozan de una serie de beneficios fiscales, laborales, un régimen aduanero especial (que facilita las operaciones de comercio exterior) y otros estímulos fiscales.
Vale la pena recordar que en el DOF del pasado 29 de septiembre de este año, se dieron a conocer las primeras “ZEE’s”:
México
Av. Paseo de la Reforma 560 - Int. 30, Lomas - Virreyes, Lomas de Chapultepec, Miguel Hidalgo,Ciudad de México, C.P. 11000.
Tel:+52 (55) 9419-0097
Colombia
Calle 120 A Nº 7-62 / 68, Oficina 403, Edificio CEI III, Usaquén.
Tel:031 3828287 / 3828284 / 3828283
Panamá
Calle 65 Este, San Francisco, Ciudad de Panamá
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EUA
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